Viernes, 1 de febrero de 2008___________
  POR DERECHO PROPIO
La familia considera inadecuada la escolarización en un centro de educación especial.

Desestimado el recurso de una familia almeriense por la inadecuada escolarización de su hijo con discapacidad

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 2 de Almería ha desestimado el recurso interpuesto por una familia contra la Consejería de Educación por la inadecuada escolarización de su hijo con discapacidad en un centro específico de educación especial. En la familia que lo interpuso, la decepción es patente, ya que sigue considerando inadecuada la escolarización de su hijo con discapacidad intelectual en un centro de educación especial

En Octubre pasado se celebró juicio en el indicado Juzgado, para resolver el recurso interpuesto por la familia, con el apoyo de la Confederación Andaluza de Asociaciones de personas con discapacidad intelectual , FEAPS-Andalucía, contra la Consejería de Educación, que había acordado, súbitamente, a mediados del curso escolar, modificar la modalidad de escolarización del hijo de los recurrentes, para trasladarlo de un aula de educación especial en un centro ordinario, al centro específico, Princesa Sofía. La familia entendía que esta decisión repentina infringía los requisitos legales, puesto que la legislación establece que la escolarización en centros específicos constituye una excepción y que, en todo caso, ha de realizarse con acuerdo de la familia a la que no se había permitido, ni siquiera acceder al expediente administrativo.

Sin embargo, el Juzgado dicta sentencia rechazando el recurso y estimando adecuada la decisión adoptada por la Consejería apoyando su decisión, fundamentalmente, en un informe expedido por el Director de Centro Lope de Vega en el que da cuenta de supuestas conductas agresivas del alumno, cuando aquellas en todo caso, le habrían sido trasmitidas por las profesoras que lo atendían en el aula y que eran las directamente interesadas en el traslado del alumno.

Además tal informe resulta abiertamente opuesto a los informes técnicos y los presentados por la familia, e incluso a las grabaciones de video que se exhibieron ante el Tribunal, que demostraban como el alumno carece de actitudes agresivas e incluso no puede, físicamente, realizar las actuaciones que aquel informe le imputaba.

La familia ha manifestado su disconformidad con el contenido de la sentencia, pues entiende que esta se basa en una apreciación errónea y obsoleta de la discapacidad que parece presumir que quien la padece se convierte poco menos que en personaje antisocial, y valora la posibilidad de recurrir una sentencia que, por otra parte, confirmaría la posibilidad de que la administración educativa puede adoptar decisiones respecto de los alumnos en una posición abiertamente despótica, imponiendo su criterio por encima de las opiniones de los padres, aunque estos sean razonados y justificados técnicamente.

Eduardo Bonachera
FEAPS Andalucía

 

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