Los hechos objeto de la demanda judicial se remontan al 23 de febrero de 2004, en el Aeropuerto de Melilla, cuando la compañía Iberia Regional Air Nostrum denegó el embarque a tres jóvenes sordos melillenses, provistos de billete y tarjeta de embarque para un vuelo con destino a Madrid, alegando que no podían viajar si no iban acompañados de una persona oyente, que garantizase su seguridad.
Los tres jóvenes denunciaron la conducta discriminatoria sufrida y acudieron a sus organizaciones representativas para promover acciones legales por ausencia de igualdad de trato, todo ello con base en la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, que prohíbe cualquier discriminación contra las personas con discapacidad.
La demanda conjunta del CERMI y de la CNSE es la primera de estas características que llega a un órgano jurisdiccional, que tendrá que pronunciarse sobre si la conducta de la compañía aérea supone una discriminación.
Las entidades demandantes piden al Juzgado que condene a Iberia Regional-Air Nostrum por discriminación por razón de discapacidad, a que cese en lo sucesivo de incurrir en este tipo de comportamientos antijurídicos y a indemnizar con 1 euro a cada uno de los perjudicados.