Jueves, 22 de junio de 2006 ___________________

El Consejo de Europa aprueba el Plan de Acción sobre los derechos
de las personas con discapacidad

El Consejo de Europa ha aprobado el “Plan de Acción para promover los derechos y la plena participación en la sociedad de las personas con discapacidad: mejorar la calidad de vida de las personas discapacitadas en Europa 2006-2015”. El texto, que va dirigido a los 46 Estados miembros del Consejo, entrará en vigor en septiembre, y aconseja a los gobiernos que tomen en cuenta las reivindicaciones de las asociaciones representantes de las personas con discapacidad, que son quienes disponen de mayor información y experiencia.

Con esta nueva recomendación, la institución europea intenta defender la igualdad de oportunidades, el respeto a los derechos humanos y la participación de las personas con discapacidad en el marco político europeo, a través de temas como la educación, la participación en la política, cultura, información y comunicación, empleo, y accesibilidad de las infraestructuras o los transportes.

La Declaración se basa en una serie de principios fundamentales como la no discriminación; la igualdad de oportunidades; la plena participación en la sociedad de las personas con discapacidad; el respeto por la diferencia y la aceptación de la discapacidad como parte de la diversidad humana; la dignidad y la autonomía individual que incluye la libertad para tomar decisiones propias; la igualdad entre mujeres y hombres; así como la participación de las personas con discapacidad en todas las decisiones que afectan a sus vidas, tanto a nivel individual como a nivel social (a través de sus organizaciones representativas).

Así mismo, el documento se plantea unos objetivos concretos, así como labores de seguimiento y evaluación de los resultados obtenidos.

Los objetivos son los siguientes: la plena participación de las personas con discapacidad en la sociedad; servir de instrumento práctico para las personas que toman las decisiones; ser útil también a aquéllos países que desean desarrollar las políticas y programas ya existentes; ayudar a los Estados miembros a promover políticas activas que prohíban la discriminación y protejan el derecho a la igualdad de oportunidades; satisfacer las necesidades de las personas con discapacidad proporcionando servicios innovadores; constituir igualmente una fuente de inspiración útil para otros actores involucrados en la discapacidad; y afirmar la noción esencial según la cual las personas con discapacidad y sus representantes deberán ser consultados.

Por su parte, también recoge algunos criterios de aplicación por parte de los Estados Miembros: evaluar con relación al presente Plan de acción las políticas vigentes y los principios fundamentales en los cuales se inspiran; identificar los ámbitos en los cuales son necesarios todavía avances y las acciones específicas que hay que aplicar; elaborar estrategias a fin de ajustar o acomodar sus políticas al presente Plan de acción; y definir unos enfoques comunes y establecer partenariados con los distintos actores afectados.

En cuanto a la evaluación y el seguimiento, las propuestas son: la designación de una sala del Consejo de Ministros apropiada para dirigir estos procesos; el análisis profundo por parte de los Estados de cuestiones relevantes con carácter prioritario; la elaboración de informes regulares por parte de los Estados a la sala designada; y que la sala designada mantenga al Comité de Ministros regularmente informado de los avances realizados en la aplicación del presente Plan de acción.

Azahara Bustos. FEAPS

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