CÓDIGO ÉTICO
PARA LOS VOLUNTARIOS

EXTRATO CÓDIGO ÉTICO DE FEAPS

 

OBJETIVOS DEL CÓDIGO ÉTICO

El Código de Ética de FEAPS enuncia valores, principios y normas para que sirvan de guía a la conducta de los distintos actores y estamentos del movimiento asociativo FEAPS. El Código se aplica a todas las personas que tienen cualquier tipo de responsabilidad en la tarea de mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad intelectual y de sus familias, independientemente de su papel, lugar de desempeño o personas a las que sirvan.

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ALCANCE Y ESTRUCTURA DEL CÓDIGO ÉTICO

16. El Código se desarrolla con un esquema semejante en tres ámbitos: LA PERSONA CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL, LA FAMILIA y LA ORGANIZACIÓN.

Capítulo I: de la persona

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DIGNIDAD Y VALOR DE LA PERSONA

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34. LOS PROFESIONALES Y LOS VOLUNTARIOS han de ejecutar prácticas y estrategias que favorezcan y fomenten la capacidad de elección, de toma de decisiones, de establecimiento de planes y metas personales, de autonomía y, en general, de cualquier otro componente de la autodeterminación. En ocasiones, y con el consenso de equipo, pueden limitar cautelarmente el derecho a la autodeterminación cuando de forma real o potencial la acción o actividad de una persona presente un grave, previsible e inminente riesgo para sí misma o para otros.

35. Han de consultar a la persona en toda cuestión que le afecte. Cuando se considere, en consenso con la familia o tutores y con el equipo de profesionales, que no es posible realizar la consulta, se dispondrán de modo explícito mecanismos para asegurar que las decisiones que le afectan son tomadas en coherencia a sus intereses, deseos y necesidades.

36. Facilitarán a cada persona la información y comprensión acerca de los sistemas de apoyos y otras actuaciones (incluidas reclamaciones y denuncias) que se propongan para conseguir la mejora en su calidad de vida, de modo que dicha persona exprese o no su consentimiento informado tras conocer los objetivos de la acción, los posibles riesgos, las alternativas si las hubiera y cualquier otro asunto que sea considerado relevante. Cuando la persona no presente la capacidad de comprensión necesaria para este fin, el profesional buscará la autorización de personas cualificadas que habrán de actuar en coherencia con los intereses, deseos y necesidades de la persona a la que representan. En todo caso el profesional debería hacer un ejercicio de empatía constante, poniéndose en el lugar de la persona a la que presta apoyo y preguntándose qué es lo que él pensaría en tal situación.

37. Deben denunciar situaciones de injusticia manifiesta, malos tratos o tratos vejatorios y cualquier otra acción que conlleve el incumplimiento de este código ético.

38. Han de actuar y garantizar que se actúe con la persona mediante un trato digno y respetuoso en todo momento. El trato, las formas de llamar, dirigirse y designar a las personas han de estar basados en el respeto, teniendo en cuenta los deseos de la persona, sus opiniones, su edad y el entorno socio-cultural en el que se mueve, y sin realizar discriminación alguna por motivos de género, de capacidad, étnicos, religiosos, políticos o sexuales.

39. Fomentarán siempre la autoestima de la persona y su reconocimiento social, con independencia de los logros, de su productividad social o de las dificultades que manifieste.

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IGUALDAD

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56 . LOS PROFESIONALES Y LOS VOLUNTARIOS considerarán permanentemente la actitud de que toda persona puede progresar si cuenta con el apoyo adecuado.

57. Proporcionarán los apoyos cuidando mantener permanentemente una relación interpersonal cálida y significativa; es decir, unirán a la calidad técnica calidez humana.

 

Capítulo II: de la familia

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IGUALDAD

78. LOS PROFESIONALES Y LOS VOLUNTARIOS mostrarán respeto por la diversidad sociocultural de las familias y por las necesidades intrínsecas de la familia en su momento evolutivo promoviendo prácticas que muestren respeto por la diferencia entre los grupos humanos, apoyando la oferta equitativa de los recursos y defendiendo programas e instituciones que salvaguarden derechos de igualdad e inclusión social, por ello respetarán a la familia de las personas con discapacidad intelectual sin discriminaciones de ningún tipo, erradicando actitudes personales contrarias a ello y combatiendo las ajenas.

79. Promoverán la igualdad de la familia desde lo particular hasta lo global abogando por condiciones de vida que permitan el ejercicio cotidiano de la igualdad, promoviendo los valores que respaldan sus organizaciones de referencia y que sean compatibles con la justicia social y la solidaridad con las familias de personas con discapacidad intelectual.

80. Se comprometerán en la acción social y política que busque garantizar que toda familia tenga un acceso igual a los recursos sociales, servicios de apoyo y oportunidades que requieran para satisfacer sus necesidades como familia, especialmente con aquellas más vulnerables, desaventajadas u oprimidas por su situación específica, siendo conscientes de la repercusión social de su desempeño profesional.

81. Dinamizarán en el seno de la familia los valores de respeto, autodeterminación y solidaridad como medio de facilitar la inclusión en la comunidad respetando a su vez los esfuerzos familiares por incluirse en la comunidad evitando conflictos de intereses que actúen en contra de la igualdad de oportunidades de las familias.

82. Proporcionarán servicios de apoyo a la familia y facilitaran canales para fomentar la ayuda entre las familias en la misma situación, garantizando un trato sin discriminaciones, respetuoso con las diferencias y denunciando todas aquellas situaciones de injusticia que deterioren el derecho a un trato profesional digno y por igual para cualquier familia.

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BASES DE INCLUSIÓN

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99. LOS PROFESIONALES Y LOS VOLUNTARIOS facilitarán y apoyarán las reivindicaciones familiares y de las organizaciones en el ejercicio de la corresponsabilidad para la realización de la misión, la mejora de la calidad de vida y el reconocimiento de los valores de la familia como palanca para la inclusión de la persona con discapacidad intelectual, colaborando eficazmente en la puesta en práctica de acciones encaminadas a su desarrollo.

100. Formarán y educarán a la familia en la línea de reforzar sus capacidades como base de inclusión, siendo coautores en la elaboración y diseño de los programas de integración de las personas con discapacidad intelectual en la sociedad. Así mismo apoyarán y orientarán a las familias mediante servicios de apoyo y orientación individualizados.

101. Apoyarán a cada familia en la aceptación de la persona con discapacidad intelectual con miras a lograr un entorno que potencie sus capacidades y le ayude en su desarrollo.

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Capítulo III: de las organizaciones FEAPS

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SERVICIO

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128. LOS PROFESIONALES Y LOS VOLUNTARIOS de las organizaciones FEAPS deberán entender su labor como un quehacer al servicio de la comunidad, centrado en la persona con discapacidad intelectual y en su familia, teniendo como referente obligado y último de su actuación la mejora de su calidad de vida.

129. Impregnarán toda su actividad profesional de la expresión de respeto y solidaridad hacia las personas y familias con las que se relacionen, sin hacer distinciones de trato basadas en criterios de simpatía o posición, ajenas y distintas a las derivadas de criterios técnicos o profesionales.

130. Entenderán la formación como un deber derivado de su compromiso hacia la persona con discapacidad intelectual, participando en cuantas acciones formativas se consideren necesarias desde los planes de formación de sus organizaciones y demandando su participación en aquéllas que consideren interesantes para el desempeño de su actividad.

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REIVINDICACIÓN

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153. LOS PROFESIONALES y LOS VOLUNTARIOS de las organizaciones FEAPS respetarán estos principios y normas de funcionamiento, colaborando eficazmente en su realización práctica.

154. En consecuencia, no entorpecerán las reivindicaciones justas de sus organizaciones por motivos de carácter personal, profesional o corporativo.

155. Así mismo, como observadores privilegiados, por su condición y capacitación profesional diferente, de la realidad social y del tratamiento diario de las personas con discapacidad intelectual y el trato a sus familias, se sentirán especialmente obligados a denunciar cualquier situación que lesione los principios defendidos por su organización.

 

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PARTICIPACIÓN

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185. LOS PROFESIONALES Y LOS VOLUNTARIOS aplicarán en las operaciones económicas los principios y valores FEAPS, evitando mediante sistemas públicos de control u otros mecanismos, tales como las compensaciones personales en dinero o especie de proveedores o clientes, o el lucro directo o indirecto de familiares y/o amigos.

186. Evitarán la subcontratación de bienes, servicios o líneas de negocio a desarrollar en sus centros o servicios, que pudieran producir lucro directa o indirectamente a familiares y/o amigos.

187. Los servicios profesionales prestados por personal de las organizaciones FEAPS a clientes de las mismas como actividad profesional libre y compatible con su dedicación en dichas organizaciones, deberá ser comunicada por éstos a los responsables de las mismas.

 

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CALIDAD

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205. LOS PROFESIONALES Y LOS VOLUNTARIOS no ejercerán su poder técnico o su influencia para mantener y fomentar relaciones jerárquicas de desigualdad con los clientes.

206. Mantendrán una actitud de empatía con sus clientes, en permanente escucha y observación, a fin de ponerse en su lugar y conocer así mejor sus necesidades, expectativas y deseos.

207. Apoyarán a sus clientes en el ejercicio de su derecho de formular quejas o sugerencias.

208. Fomentarán la autodeterminación de las personas a las que prestan apoyo.

209. Mantendrán una actitud permanente de cooperación y de trabajo en equipo con los demás profesionales.

210. Trabajarán en colaboración con la familia en los programas de apoyos y de mejora de la calidad de vida de la persona con discapacidad intelectual.

211. Procurarán mantener una mentalidad abierta hacia la innovación haciendo propuestas y sugerencias y registrarán las nuevas buenas prácticas que pongan en marcha para mejorar permanentemente.

212. Estarán atentos para sugerir cualquier mejora que se pueda aportar en los procesos de prestación de apoyos que añadan valor al objetivo de mejorar calidad de vida.

213. Denunciarán actitudes de abuso o de negligencia institucional o profesional a la dirección, superando sentimientos de falso compañerismo o de equivocado corporativismo.

214. Tendrán una actitud proactiva para mejorar continuamente su formación.

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